Segunda Generación


Conceptualización

Esta generación de los derechos humanos corresponde  a los derechos de las personas en aspectos económicos, sociales y culturales. Su propósito es no solo cubrir las necesidades individuales de los ciudadanos, sino abarcar las necesidades comunales, para propiciar un desarrollo social adecuado.

Surgen en el siglo XIX gracias a los esfuerzos de los obreros y campesinos por mejorar sus condiciones laborales e incrementar sus oportunidades de trabajo. La creación de esta generación de derechos supuso el compromiso del Estado a crear las condiciones materiales adecuadas para que las personas puedan vivir dignamente.

Los derechos económicos y sociales integran la libertad con la igualdad, ya que implican un deber positivo y generalizado de justicia social.

Características

-Suponen un papel activo del Estado, pues este debe proveer los medios para que las personas tengan las mejores condiciones de vida posibles.
-Benefician a las personas individuales y a toda la sociedad.
-Su efectividad depende de los recursos económicos de cada Estado, así que varía de un Estado a otro debido a la desigualdad entre estos.

Derecho al trabajo

Toda persona tiene derecho al trabajo libremente escogido o aceptado,  a recibir un salario equitativo y satisfactorio que le asegure vivir conforme a la dignidad humana, su salario debe ser igual al de cualquier trabajador o trabajadora que realice igual labor y debe tener acceso a la seguridad social.

Derecho a una familia

Incluyen la protección a la madre y al niño, la asistencia  y apoyo antes y después del parto y el sano desarrollo de los niños.

Derecho a un nivel de vida adecuado

Este derecho incluye factores como la salud, el bienestar, el vestido, la vivienda, la alimentación, la asistencia médica, la recreación, el descanso, el tiempo librey a participar en las actividades comunitarias si así lo desea.





                       

Derecho al trabajo                                             


                                                                     Derecho a la familia

No hay comentarios:

Publicar un comentario